Deducción por donación
Deducción por donaciones a Fundación Hefame
Les recordamos que las aportaciones y donativos realizadas a FUNDACION HEFAME son susceptibles de deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Ley 49/2002 artículos 68.3, 69.1 y Reglamento artículo 69.2, así como los correspondientes a los propios de cada comunidad autónoma).
Con carácter general:
- El 75% de los primeros 150 euros donados.
- El 30% de las cantidades que excedan de 150 euros donados.
- El límite de deducción será el 10% de la base liquidable del donante.